Cuarentena: Debutan las reuniones familiares en Mendoza y hay polémica por el rol de la Policía y la Justicia.

Canal 9 Mendoza
Fernando Hidalgo
Viernes 22 de Mayo del 2020 a las 21:46 hrs

¿Cuál es la facultad o la potestad que tiene la fuerza de Seguridad de la Policía o la Justicia para ingresar a un domicilio particular en el caso de que se suponga que se está violando lo que sostiene uno de los artículos del decreto 635? En el medio de esta polémica fue consultado el procurador de la Corte, doctor Alejandro Gullé.

Marcelo Torrez: El debate pasa por si puede entrar o no un oficial de Policía al domicilio. Hoy al mediodía el ministro de Gobierno, Víctor Ibáñez, decía que si no hay una orden para allanar un domicilio la Policía no puede entrar como tampoco un oficial de Justicia.

 

Alejandro Gullé: Acabo de escuchar lo que dicen, yo la verdad esta mañana no lo escuché, me contaron lo que dijo el señor ministro de Gobierno. Imagino que él hablaba de la norma general respecto a la propiedad privada, es cierto, no se puede ingresar a una propiedad privada porque es un derecho que tienen todos los ciudadanos a reservar su propiedad y su intimidad, salvo, salvo todas las leyes que reglamentan el ejercicio de ese derecho, y aquí tenemos la excepción. El artículo 219 del Código Procesal Penal claramente regula cuáles son las situaciones en las que el personal policial puede ingresar en un domicilio sin orden de allanamiento. Y si bien esta situación no es taxativa en el sentido de que hay una casuística, esto hay que interpretarlo a la luz del sentido común y de la razonabilidad. El artículo 4° dice: Si voces provenientes de una casa anuncian o indican que allí se está cometiendo un delito, o si desde adentro se pidiera socorro. Un policía no va a entrar, siguiendo el ejemplo que usted está dando, que no pueden ser más de 10 personas, si un vecino dice, ah, me parece que hay 11. Bueno, es irrazonable que entren sin orden de allanamiento a buscar si hay 11 personas, pero ubiquémonos en el ejemplo de La Paz, donde había una fiesta, una fiesta con muchas personas, con música, griterío, en pleno aislamiento social absoluto. El funcionario policial que está anoticiado por los vecinos de esto que está ocurriendo, sabe que ahí hay un delito, que se está cometiendo en flagrancia, es un hecho in fraganti. ¿Usted cree que el policía no tiene derecho a golpear la puerta? No estoy hablando de entrar, patear puertas, romper cosas… no, pero tiene derecho a ingresar y decir, señores, ustedes están cometiendo un delito, vengan conmigo porque esto es un delito, porque además lo dice el decreto de necesidad y urgencia, en el artículo 4°. Hay que usar el sentido común.

 

Luego Alejandro Gullé también fue consultado sobre el caso de Godoy Cruz Antonio Tomba y lo sucedido durante la despedida del Loco Julio.

 

Fernando Hidalgo: Le voy a ser honesto, mi impresión es que ustedes tienen una oportunidad de oro para que el hilo no se vuelva a cortar por lo más fino, como muchas veces se ha cortado.

 

Alejandro Gullé: mire, yo se lo voy a decir muy claro. Si en esto ha tenido que ver alguna autoridad, no tenga ninguna que vamos a ir contra ella de la misma manera que el Ministerio Público lo ha hecho contra legisladores, lo ha hecho contra ministros, contra todo el mundo, es decir, no se escatima esfuerzos, pero tampoco vamos a inculpar a alguien porque el clamor popular nos esté pidiendo inculpar a alguien que no tiene nada que ver. Se lo digo ya. En esos términos, cuente con que vamos a intentar estar al lado de la verdad y la justicia.